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La justicia avala la retirada de la cruz de la Plaza de España de Callosa de Segura

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Elche ha desestimado el recurso que la Plataforma en defensa de la cruz de Callosa de Segura interpuso contra el consistorio callosino por la retirada del monolito de la Plaza de España alegando que la decisión aprobada en pleno municipal iba contra los derechos fundamentales de libertad religiosa. También recogía que el gobierno local no tenía competencias para adoptar esa decisión porque el monolito estaba en suelo privado propiedad de la iglesia.

La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia, señala que la parte demandante no acredita que el suelo donde se hallaba emplazada la cruz sea de propiedad privada, por lo que entiende el magistrado que es una plaza de uso y dominio público. También recuerda la sentencia que la resolución para quitar el monumento en virtud de la Ley de Memoria Histórica fue decidida en pleno, lo que legitima la decisión municipal.

La sentencia señala también que no se retiró la cruz por motivos religiosos al entender que se trata de un monumento erigido en honor y memoria de unos vecinos pertenecientes a una facción que resultó vencedora de la Guerra Civil española, por lo que atribuye una significación marcadamente política, con una finalidad distinta de la estricta manifestación de la fe católica.

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